jueves, 10 de marzo de 2011

Derecho al Primer Empleo


El acceso al primer empleo es uno de los nuevos derechos económicos y sociales consagrados en la Constitución de la República, proclamada el 26 de enero del año 2010, mediante el cual el Estado Dominicano se compromete a crear las condiciones necesarias para que las personas jóvenes sean insertadas en los mercados productivos, sin importar la ausencia de experiencia laboral.

Los asambleístas que tuvieron a su cargo el conocimiento de la nueva Carta Magna interpretaron efectivamente el deseo de la población juvenil, laboralmente activa, de tener su primer empleo y adquirir los conocimientos técnicos y profesionales demandados por la industria nacional e internacional, que le permita competir en el corto, mediano y largo plazo en esta sociedad globalizada.

Aunque la ortodoxia del derecho laboral nacional se ha opuesto férreamente a la existencia de este tipo de conquistas en el ordenamiento jurídico dominicano, la razón y el espíritu progresista se impusieron, creándolo con rango constitucional, lo que obliga al actual Congreso a aprobar en lo inmediato, la ley adjetiva que regulará la forma en que será ejercido este derecho.

Evidentemente que se deberán integrar los sectores productivos de la nación en la implementación de esta política pública, no solo en la colocación de jóvenes en las instituciones privadas, sino también en la formulación e implementación de los planes de formación de recursos humanos que las autoridades desarrollen.

Esto implica que la inversión en educación estará relacionada con la demanda de capacidades que el mercado laboral exhiba en cada momento, por lo cual toda estrategia nacional que se formule en materia educativa, deberá contener, además de las proyecciones de inversión económica, una clara orientación en el tipo de recursos humanos que debemos formar para alcanzar el desarrollo sostenible.

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