jueves, 21 de octubre de 2010

Cámara de Cuentas, para Qué?



Los sistemas democráticos que fundamentan su funcionamiento en el principio de división del Estado en tres grandes poderes, de acuerdo a la conceptualizacion de Montesquieu, Rousseau y Locke, ameritan que éstos actúen como contrapeso uno del otro. Es precisamente por  la necesidad de equilibrar el ejercicio del poder, que en democracias como la nuestra se hace más que imprescindible la existencia de instituciones como la Cámara de Cuentas. Este órgano del Estado Dominicano está incluido en el exclusivo grupo  de instituciones que el legislador  ha creado con rango constitucional, debido a la importancia del rol que está llamada a realizar.

No es para menos, pues se trata de la entidad responsabilizada de velar por el pulcro manejo de los recursos del Estado Dominicano, por disposición congresional y actuando como brazo auditor del Poder Legislativo, a quien está obligada a rendir informe periódicamente.

La más reciente modificación a nuestra carta magna le transfiere a los diputados la prerrogativa de presentar las ternas de los candidatos a miembros de la Cámara de Cuentas ante el Senado, así como también reduce el número de integrantes del referido órgano, de nueve en la actualidad a no más de cinco, ni menos de tres. Poco importa la cantidad, que en ese margen constitucional, se escoja en el actual proceso de selección que ha iniciado la cámara baja, siempre y cuando los que integren ese cuerpo fiscalizador del Estado actúen convencidos del “para qué?” existe una institución de esa naturaleza.

Evidentemente, que la responsabilidad del Congreso en la escogencia de la nueva Cámara de Cuentas es grande y dicha selección debe responder a intenciones firmes de establecer en República Dominicana, un Estado que garantice la efectiva utilización de los recursos del pueblo.


Carlos Peña

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